Oscar Müller Creel
- Oscar Müller es Doctor en Derecho y tiene el grado de Maestro en Administración de Justicia y candidato a maestro en periodismo. Es originario de la ciudad de Chihuahua, México. Es colaborador en Radio Claret América de Chicago Illinois, en temas de Derechos Humanos y Administración de Justicia y sus columnas de opinión se han publicado en el periódico Hoy del grupo Tribune Publishing Company de Chicago Illinois EUA, la cadena noticiosa Hispanic Digital Network de CISION, así como en el Heraldo de Chihuahua del grupo Organización Editorial Mexicana. Ha escrito libros sobre Derechos Humanos y Ética del Abogado, así como artículos científicos en Universidades de México, Colombia y España. Correo: [email protected]
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A dos siglos de un México independiente
Por Oscar Müller C. El 4 de octubre de 1824, en el Colegio Máximo de San Pedro y San Pablo de la Ciudad de México se efectuó la promulgación de la primera constitución que estableció la existencia de la República Mexicana, en ella se adoptó una forma de gobierno de república representativa, popular y federal y, ese día, quien fuera el primer presidente de México, Guadalupe Victoria, emitió un discurso con las siguientes palabras: Una dolorosa y constante experiencia ha hecho conocer a los pueblos, que la reunión de Poderes en una sola mano, dista poco ó nada de la arbitrariedad, y que sus libertades no dejarán de ser precarias hasta que instituciones fundadas en la soberanía nacional, fijen su extensión, señalen sus límites y demarquen su naturaleza respectiva. Un Congreso de elegidos del pueblo, decidirá soberanamente sobre sus intereses: el Poder ejecutivo revestido de la firmeza y energía necesarias, hará cumplir unas leyes dictadas por el bien de los pueblos mismos; y el Poder Judicial, obrando con total independencia de los otros, fallará con la balanza de Astrea en la mano, sobre las acciones de los ciudadanos. No es bastante haber depositado en manos distintas el querer y el ejecutar, es necesario todavía garantizar a la nación el buen uso de estos poderes. La prudencia de Vuestra Soberanía estableciendo la división del Congreso en dos cámaras, ha salvado a la nación de los peligros á que podría exponerla el acaloramiento, la superchería de un sofista y la elocuencia conquistadora de los aplausos, y haciendo que pese sobre los individuos que lleven las riendas del poder, una justa y legal responsabilidad, asegura á los mexicanos de los combates de las pasiones. De este discurso quiero destacar tres aspectos: la referencia a que el poder en una sola mano dista poco o nada de la arbitrariedad; la mención a la necesidad de un poder judicial independiente de los otros y la garantía del buen uso del querer y el ejecutar en el poder público, a través de la división del congreso en dos cámaras. ¡La historia ha dado la vuelta y hoy el grupo que detenta el poder político en México ha hecho todo lo necesario para que la fuerza del gobierno sea privilegio de una sola persona! De nada ha servido tener un congreso que emita leyes y que se encuentra dividido para hacer un contrapeso, pues la extorsión, la amenaza y el cohecho han logrado que tanto los diputados como los senadores inclinen la cabeza frente la voluntad de un solo hombre para destruir una constitución que habíamos ido perfeccionando durante más de un siglo. Sólo falta La sumisión del Poder Judicial, lo que se pretende hacer con esa absurda reforma constitucional que bajo el pretexto de democratizar la justicia y hacerla del pueblo, pretende que todos los juzgadores del país sean electos por la ciudadanía y es en las formas de elección donde se oculta la perversa intención de procurar que los jueces sean sumisos ante el poder de un solo hombre, rompiendo así con la intención de los fundadores de nuestro México, que el Poder Judicial fuese independiente. No en vano, esa primera constitución de nuestro país establecía que los jueces y fiscales serían nombrados por el presidente de entre una propuesta de tres candidatos que le presentara la Corte Suprema de Justicia, siendo esta la primera depositaria de la capacidad de juzgar y debía estar conformada por 11 personas no menores de 35 años y que fueran expertos en la Ciencia del Derecho; estos ministros se nombrarían a través de propuestas de las legislaturas de los estados y el nombramiento definitivo se llevaría a cabo por la Cámara de Diputados Federal. Mi apreciado lector podrá notar que no se habla de procesos democráticos o intervención del pueblo en la designación de los juzgadores, porque precisamente la atribución de la facultad de juzgar no puede obedecer a decisiones populares, las que por sus propios rasgos ideológicos y de manejos de poder, inciden forzosamente en la independencia que debe ser la principal cualidad del juez, que tiene el deber de decidir los conflictos de acuerdo con las leyes que haya emitido el Congreso. Es precisamente en esa aplicación de las normas jurídicas que se han dictado a través de los representantes populares, dónde se encuentra la justificación democrática de cualquier juez. Es así que las palabras pronunciadas en la promulgación de nuestra primera constitución como un país libre e independiente, adquieren ahora una vigencia e importancia fundamental para evitar la dictadura de una sola persona o un grupo en el poder. Esperemos que en México viva y subsista un Poder Judicial independiente frente a lo que Guadalupe Victoria definió como: la superchería de un sofista y la elocuencia conquistadora de los aplausos. Chihuahua, a 30 de septiembre de 2024 Crédito de la imágen: INAH